Convocatoria 2026 — abierta
Regularización
extraordinaria
2026
Tramitamos tu expediente desde el registro hasta la presentación oficial. Proceso supervisado, documentación revisada y seguimiento hasta la resolución.
Cierre · 30 jun 2026 · 23:59 CEST
§ 02 · Cifras esenciales
Un marco temporal definido, con requisitos claros.
Solicitudes estimadas en esta convocatoria
Permanencia mínima continuada requerida
Fecha de corte — residencia en España
Vigencia inicial de la autorización concedida
§ 03 · Verificación preliminar
¿Puedes solicitar
la regularización?
Responde en treinta segundos. Comprobamos los requisitos principales fijados por el Real Decreto antes de iniciar tu expediente.
Sin registro · Sin compromiso
- 01
¿Residías en España antes del 31 de diciembre de 2025?
- 02
¿Puedes acreditar permanencia continuada de al menos 5 meses?
- 03
¿Careces de antecedentes penales en España y país de origen?
- 04
¿Dispones de pasaporte o documento identificativo en vigor?
Completadas 0 de 4 · responde todas para ver tu resultado
§ 04 · Flujo del expediente
Cuatro pasos, una resolución.
Todo el procedimiento se gestiona desde una sola interfaz. Tú aportas los datos; nosotros nos encargamos del resto.
- 012 minutos
Registro
Crea tu cuenta con email y contraseña. Solo pedimos lo imprescindible para abrir tu expediente.
- 0220–40 minutos
Onboarding guiado
Un asistente paso a paso recoge tus datos personales, domicilio, antecedentes y documentación. Se guarda automáticamente.
- 031–3 días hábiles
Revisión y firma
Nuestro equipo verifica tu documentación, detecta errores antes de la presentación y te devuelve una hoja de control.
- 04Hasta resolución
Presentación oficial
Presentamos tu solicitud ante el Ministerio y te notificamos cada cambio de estado hasta la resolución.
§ 05 · Tarifas
Precio cerrado.
Sin sorpresas.
IVA incluido. Pago por transferencia bancaria una vez tu expediente queda listo para presentar.
Titular
Expediente principal · un adulto
Primer menor
Añadido al expediente del titular
Menor adicional
Por cada menor extra incluido
Tarifas honorarios · No incluyen tasas oficiales ministeriales
Abrir expediente§ 06 · Preguntas y respuestas
Dudas frecuentes.
Basado en el documento oficial del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.
¿Por qué ahora?
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La regularización reconoce y dignifica a quienes ya viven en España. Es una respuesta jurídica a una realidad existente, respaldada por una iniciativa ciudadana con más de 700.000 firmas y una amplia mayoría del Congreso (310 votos a favor).
¿Qué requisitos pide el Real Decreto?
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Acreditar permanencia continuada mínima de 5 meses en el momento de la solicitud, haber residido en España antes del 31 de diciembre de 2025 y carecer de antecedentes penales. Para solicitantes de protección internacional, basta con que la solicitud se presentara antes del 31/12/2025.
¿Desde cuándo y hasta cuándo se puede solicitar?
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Las solicitudes comenzarán a presentarse a principios de abril de 2026, una vez aprobado definitivamente el Real Decreto, y el proceso permanece abierto hasta el 30 de junio de 2026.
¿Me permite trabajar?
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Sí. La autorización de residencia habilita automáticamente para trabajar en todo el territorio nacional y en cualquier sector, con una vigencia inicial de un año. Transcurrido ese plazo, se renueva mediante las figuras ordinarias del Reglamento de Extranjería.
¿Es compatible con el nuevo Reglamento de Extranjería?
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Totalmente. La regularización actúa sobre el stock heredado y permite 'poner el contador a cero' para que el marco estructural de extranjería funcione con seguridad jurídica. En 2025 ya se concedieron más de 95.000 autorizaciones por arraigo.
¿Qué pasa si no cumplo los requisitos?
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Podemos estudiar tu caso y asesorarte sobre vías ordinarias alternativas — arraigo social, laboral, familiar, educativo — dentro del Reglamento de Extranjería en vigor.
§ 07 · Próximo paso